Qué gastos puedes deducir en tu renta vacacional en Yucatán ante el SAT: deducción autorizada vs ciega, requisitos, ejemplo numérico y buenas prácticas.
Rentar tu casa de playa en Progreso, Chelem o Telchac por temporadas puede ser un negocio muy rentable, pero también genera obligaciones fiscales. La buena noticia es que no pagas impuestos sobre todo lo que ingresas: puedes restar los gastos asociados a la actividad. Entender cómo deducir correctamente ante el SAT te permite pagar lo justo y conservar más de tus rentas.
Dos caminos para deducir
El régimen de arrendamiento en México ofrece, a grandes rasgos, dos opciones para determinar la base sobre la que pagas impuesto:
- Deducción ciega. Puedes restar automáticamente un 35% de tus ingresos por concepto de gastos, sin necesidad de comprobar cada uno, más el impuesto predial. Es sencilla y no requiere guardar facturas de gastos.
- Deducciones autorizadas. Restas los gastos reales de la actividad, siempre que cuentes con las facturas (CFDI) correspondientes. Conviene cuando tus gastos comprobables superan el 35%.
Elegir bien entre una y otra puede significar una diferencia importante en lo que pagas al año.
Qué gastos son deducibles
Cuando optas por deducciones autorizadas, entre los conceptos que suelen aceptarse para una renta vacacional están:
- Predial del inmueble arrendado.
- Mantenimiento y reparaciones (plomería, pintura, aire acondicionado).
- Servicios como agua, luz e internet asociados a la renta.
- Cuotas de administración o vigilancia del desarrollo.
- Comisiones a plataformas o a quien administra la propiedad.
- Depreciación de la construcción conforme a las tasas fiscales.
- Intereses de un crédito hipotecario destinado al inmueble.
Cada gasto necesita su comprobante fiscal a tu nombre y con tu RFC para ser deducible.
Ejemplo numérico
Supongamos ingresos anuales por renta de una casa en Chicxulub:
| Concepto | Deducción ciega | Deducciones autorizadas |
|---|---|---|
| Ingresos anuales | 300,000 MXN | 300,000 MXN |
| Gastos aplicados | 105,000 (35%) + predial | 140,000 (comprobados) |
| Base gravable | ~192,000 MXN | 160,000 MXN |
En este caso, como los gastos reales comprobados superan el 35%, las deducciones autorizadas dejan una base menor y, por tanto, menos impuesto. Si tuvieras pocos gastos comprobables, la deducción ciega sería más conveniente.
Requisitos que no puedes olvidar
- Estar inscrito en el RFC bajo el régimen de arrendamiento.
- Conservar los CFDI de todos los gastos que deduzcas.
- Emitir CFDI por las rentas que cobras.
- Presentar declaraciones (mensuales o del periodo que corresponda) y la anual.
Buenas prácticas
Lleva desde el primer día un registro ordenado de ingresos y gastos, con las facturas archivadas por mes. Si dudas entre deducción ciega y autorizada, un contador puede correr ambos escenarios y elegir el que más te convenga en la declaración anual.
Siguiente paso
Si ya rentas o planeas rentar tu propiedad en la costa de Yucatán, define tu esquema de deducción antes de que arranque la temporada alta. En Yucatán Beach Real Estate podemos orientarte sobre la operación de la propiedad para que llegues a tu contador con la información ordenada y aproveches cada deducción disponible.